Cómo proceder ante la arremetida especulativa del cobro de alquileres de viviendas en pandemia
Ante la arremetida especulativa del cobro de alquileres de vivienda, pese a la protección mediante Decreto Presidencial, el cual establece procedimientos, suspensiones y acuerdos de cancelación de pago de los cánones de arrendamiento mientras prevalezca el estado de alarma, y pese a que la regulación del canon de arrendamiento lo establece la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas - SUNAVI, hemos recibido cientos de denuncias de aumentos especulativos en el cobro de las mensualidades o rentas de alquileres de vivienda.
Nuestra posición siempre ha sido cancelar y estar al día con el pago de las rentas de alquileres, incluso en plena situación de pandemia y asedio a nuestra moneda nacional que afecta a toda la población trabajadora en la cual nos encontramos las familias inquilinas. Lo que no vamos a permitir es que nos sean vulnerado nuestros derechos y conquistas logradas en materia de acceso a la vivienda.
Por ello ponemos a disposición un procedimiento de actuación que incluye:
carta de modelo de contestación de aumento especulativo en pandemia (<--hacer click para bajarla)
Procedimiento de
actuación ante aumento especulativo del canon de arrendamiento:
1.
Entregar carta (se anexa modelo) a propietario o
arrendador siempre dejando copia o constancia de recibido.
2. De no recibirla
dejar constancia de entrega ya sea por un medio electrónico o sitio visible,
tal cual se realizan en las notificaciones de carteles.
3. Incentivar acuerdo de pago. Nuestra posición
es siempre cancelar el canon de arrendamiento, pero no especulativo. Realizar
propuesta de pago de mensualidad al arrendador o propietario, dicha propuesta
se recomienda sea de igual forma por escrito.
4. De no llegar acuerdo
incentivar acuerdo ante la SUNAVI como lo establece el decreto de protección.
5. De no llegar acuerdo comenzar procedimiento de consignación de canon de arrendamiento por el Sistema Savil ante la SUNAVI.
A continuación carta modelo:
Ciudadano (o Administradora)
XXXXXXXXX
Propietario (o Administradora) Inmueble ubicado en
XXXXXX, edificio XXXXXX
Parroquia XXXX del
Municipio XXXXXX
PRESENTE.-
Caracas, XX de XXXXXXXXX de 2021
Sirva la presente para saludarle y
además expresarle que nuestra relación
arrendaticia vigente, se rige en las normas legales que se encuentran contenidas en la Ley Para la Regularización y Control de
Arrendamientos de Viviendas y su reglamento vigente a la presente fecha,
normas éstas que garantizan tanto el derecho a la propiedad como a la vivienda
en condiciones de igualdad ante la ley, todo ello en cumplimiento estricto a
los fundamentos contenidos en nuestra Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela.
Con relación a lo aquí señalado, le
recordamos que la fijación y cobro del canon de arrendamiento del inmueble de
su propiedad debe ser establecido legalmente por el procedimiento
administrativo contenido en la ley supra señalada en su artículo 66 y artículos siguientes en concordancia con los artículos 18 y siguientes de su reglamento,
el cual debe llevarse a cabo ante la Superintendencia
Nacional de Arrendamientos de Vivienda (SUNAVI) como ente rector de la
materia, teniendo presente que el no acatamiento de las referidas normas
podría llevar a las sanciones contenidas en los artículos 39, 47 y 53, del
instrumento legal aquí tratado. Igualmente es la ocasión de tener presente
que el cobro del canon de arrendamiento en moneda extranjera tiene prohibición
expresa y que su violación también lleva a la sanción establecida en el artículo 54 del mismo cuerpo legal.
En los momentos actuales, la pandemia
mundial del COVID-19 ha dejado un gran desequilibrio económico mundial del cual
no se escapan ni las y los inquilinos ni los propietarios, a quienes sus
núcleos familiares le son afectados por igual. Por ello el Ejecutivo Nacional
ha determinado medidas de protección establecidas en la Gaceta Oficial N° 41.971, del 23 de septiembre del 2020, y
prorrogadas en la Gaceta Oficial Nº
42.101 de fecha 7 de abril de 2021 publicada
en Decreto N° 4.577 de la Presidencia de la República, referidas al pago de
los cánones de arrendamiento y la prohibición de desalojos; ante ello estamos
llamados a encontrar un punto de acuerdo para la búsqueda de una solución que
nos beneficie a ambas partes, con estricto apego al cumplimiento de las normas
que regulan nuestra relación.
Sin más a que hacer referencia,
Atentamente.-
________________________________
(datos del inquilino o inquilina)
a
Este acuerdo me parece bien; solo que los arrendatarios quieren cobrar en dólares la renta, sin importarles los acuerdos que firmen, solo imponiendo intimidación
ResponderEliminarBuenos días mis padres viven alquilados en un apartamento en caña de azúcar y la propietaria le aumento el alquiler hace cm 5 meses a 50$ y ahora le volvió aumentar a 100$ en físico cm haría para más información
ResponderEliminarHola, estamos alquilados desde hace 12años en una vivienda (apto) los propietarios (6) no se han inscrito antevrl sunavi, y hace 5años decidieron no recibir más el canon de arrendamiento, más 1 de ellos si lo ha recibido, el año pasado nos informaron en reunión que qibana subir el canon, y de no pagarlo tendríamos que entregar el inmueble, después de nuestra respuesta de acudir a conciliación ante la Sunavi nos responden meses después que no renovarán el contrato y que a partir del vencimiento del mismo comienza la prórroga legal, la cuál no indican a qué tiempo corresponde está. Acaso ellos deben tramitar esto ante la Sunavi?,
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