Cómo proceder ante la arremetida especulativa del cobro de alquileres de viviendas en pandemia


Ante la arremetida especulativa del cobro de alquileres de vivienda, pese a la protección mediante Decreto Presidencial, el cual establece  procedimientos, suspensiones y acuerdos de cancelación de pago de los cánones de arrendamiento mientras prevalezca el estado de alarma, y pese a que la regulación del canon de arrendamiento lo establece la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas - SUNAVI, hemos recibido cientos de denuncias de aumentos especulativos en el cobro de las mensualidades o rentas de alquileres de vivienda.

Nuestra posición siempre ha sido cancelar y estar al día con el pago de las rentas de alquileres, incluso en plena situación de pandemia y asedio a nuestra moneda nacional que afecta a toda la población trabajadora en la cual nos encontramos las familias inquilinas. Lo que no vamos a permitir es que nos sean vulnerado nuestros derechos y conquistas logradas en materia de acceso a la vivienda.

Por ello ponemos a disposición un  procedimiento de actuación que incluye:

carta de modelo de contestación de aumento especulativo en pandemia (<--hacer click para bajarla)



Procedimiento de actuación ante aumento especulativo del canon de arrendamiento:

 

 

1.     Entregar carta (se anexa modelo) a propietario o arrendador siempre dejando copia o constancia de recibido.

2.     De no recibirla dejar constancia de entrega ya sea por un medio electrónico o sitio visible, tal cual se realizan en las notificaciones de carteles.

3.      Incentivar acuerdo de pago. Nuestra posición es siempre cancelar el canon de arrendamiento, pero no especulativo. Realizar propuesta de pago de mensualidad al arrendador o propietario, dicha propuesta se recomienda sea de igual forma por escrito.

4.     De no llegar acuerdo incentivar acuerdo ante la SUNAVI como lo establece el decreto de protección.

5. De no llegar acuerdo comenzar procedimiento de consignación de canon de arrendamiento por el Sistema Savil ante la SUNAVI.



 A continuación carta modelo:



Ciudadano (o Administradora)

XXXXXXXXX

Propietario (o Administradora) Inmueble ubicado en

XXXXXX, edificio XXXXXX

 Parroquia XXXX del Municipio XXXXXX

PRESENTE.-                                                                               Caracas, XX de XXXXXXXXX de 2021

 

 

Sirva la presente para saludarle y además expresarle que  nuestra relación arrendaticia vigente, se rige en las normas legales que se  encuentran contenidas en la Ley Para la Regularización y Control de Arrendamientos de Viviendas y su reglamento vigente a la presente fecha, normas éstas que garantizan tanto el derecho a la propiedad como a la vivienda en condiciones de igualdad ante la ley, todo ello en cumplimiento estricto a los fundamentos contenidos en nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

 

Con relación a lo aquí señalado, le recordamos que la fijación y cobro del canon de arrendamiento del inmueble de su propiedad debe ser establecido legalmente por el procedimiento administrativo contenido en la ley supra señalada en su artículo 66 y artículos siguientes en concordancia con los artículos 18 y siguientes de su reglamento, el cual debe llevarse a cabo ante la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Vivienda (SUNAVI) como ente rector de la materia, teniendo presente  que el no acatamiento de las referidas normas podría llevar a las sanciones contenidas en los artículos 39, 47 y 53, del instrumento legal aquí tratado. Igualmente es la ocasión de tener presente que el cobro del canon de arrendamiento en moneda extranjera tiene prohibición expresa y que su violación también lleva a la sanción establecida en el artículo 54 del mismo cuerpo legal.

 

En los momentos actuales, la pandemia mundial del COVID-19 ha dejado un gran desequilibrio económico mundial del cual no se escapan ni las y los inquilinos ni los propietarios, a quienes sus núcleos familiares le son afectados por igual. Por ello el Ejecutivo Nacional ha determinado medidas de protección establecidas en la Gaceta Oficial N° 41.971, del 23 de septiembre del 2020, y prorrogadas en la Gaceta Oficial Nº 42.101 de fecha 7 de abril de 2021 publicada en Decreto N° 4.577 de la Presidencia de la República, referidas al pago de los cánones de arrendamiento y la prohibición de desalojos; ante ello estamos llamados a encontrar un punto de acuerdo para la búsqueda de una solución que nos beneficie a ambas partes, con estricto apego al cumplimiento de las normas que regulan nuestra relación.

 

Sin más a que hacer referencia,

 

Atentamente.-

 

 

 

                                                        ________________________________

                                                                (datos del inquilino o inquilina)






Comentarios

  1. Este acuerdo me parece bien; solo que los arrendatarios quieren cobrar en dólares la renta, sin importarles los acuerdos que firmen, solo imponiendo intimidación

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  2. Buenos días mis padres viven alquilados en un apartamento en caña de azúcar y la propietaria le aumento el alquiler hace cm 5 meses a 50$ y ahora le volvió aumentar a 100$ en físico cm haría para más información

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  3. Hola, estamos alquilados desde hace 12años en una vivienda (apto) los propietarios (6) no se han inscrito antevrl sunavi, y hace 5años decidieron no recibir más el canon de arrendamiento, más 1 de ellos si lo ha recibido, el año pasado nos informaron en reunión que qibana subir el canon, y de no pagarlo tendríamos que entregar el inmueble, después de nuestra respuesta de acudir a conciliación ante la Sunavi nos responden meses después que no renovarán el contrato y que a partir del vencimiento del mismo comienza la prórroga legal, la cuál no indican a qué tiempo corresponde está. Acaso ellos deben tramitar esto ante la Sunavi?,

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