Conclusiones del “Encuentro de Organizaciones de Inquilinos y Víctimas de Hostigamiento y Desalojos Arbitrarios”
El pasado miércoles distintas organizaciones de inquilinos (Movimiento de
Inquilinos, Asocib, Colectivo Popular de Vivienda de Parque Central) en
conjunto con la Misión Justicia Socialista realizaron la actividad denominada: “Encuentro
de Organizaciones de Inquilin@s y Víctimas de Hostigamiento y Desalojos
Arbitrarios” con el objetivo de poder escuchar, nuclear y organizar a las y los inquilinos víctimas de dichas
prácticas que, a pesar de haber disminuido luego de la aprobación de la Ley
para la Regulación y Control de Arrendamientos de Viviendas, aún son ejecutadas
por unos pocos propietarios que empujados por el afán de las grandes
inmobiliarias y cámaras del sector inmobiliario generan una matriz distorsionada y desfavorable de la
ley desconociendo que la misma plantea una nueva forma de acceso de justicia y
resolución de conflictos, donde incluso se garantiza el derecho a la vivienda a las y los
inquilinos y a los pequeños propietarios que por alguna razón necesiten
recuperar el uso de la vivienda.
En dicha actividad, con el relato de más de 20 personas víctimas de
desalojos arbitrarios y hostigamiento se pudo precisar que los hechos narrados (cambio
de cerradura, clausura de servicios básicos de agua, luz, electricidad, introducir
a otras personas en la vivienda,
maltrato físico y verbal, entre otros) están fuera del marco legal y jurídico de
nuestro país y deben incurrir en sanciones por estar estipulados en el Código
Penal de Venezuela. Dichos delitos son los siguientes:
- · Inviolabilidad del domicilio, artículo 183 del Código Penal
- · Prohibición de hacerse justicia por sí mismo, artículo 270 del Código Penal
- · Perturbación de la ocupación pacífica de la vivienda artículo 472 del Código Penal
De igual forma las distintas organizaciones plantearon una agenda de acciones
para lograr la aplicación de la ley de arrendamientos y reducir a cero los
abusos antes mencionados. Entre las conclusiones se encuentran:
1.
Activar
la red anti-desalojo parroquialmente de las personas víctimas y propensas a
hostigamientos y desalojos arbitrarios
2.
Lograr
la obtención definitiva de la vivienda a través de distintas modalidades:
2.1.
Aplicación
de la disposición transitoria quinta de la ley de arrendamientos
(obligatoriedad de venta del inmueble de multi-arrendadores el cual haya sido destinado por 20 años o más
al arrendamiento
2.2.
Activación
de la Inmobiliaria Nacional para generar viviendas en alquiler y compra en el
mercado secundario
2.3.
Disposición
de refugio temporal o vivienda transitoria ( artículo 13 de la Ley Contra el
Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas) siempre y cuando el pequeño
propietario necesite recuperar el uso de la vivienda
2.4. Estímulo al arrendamiento al sector
privado de la construcción según artículo 84 de la ley de arrendamientos
2.5. Lograr que un porcentaje mínimo de las
viviendas que ejecuta la Gran Misión Vivienda Venezuela sean para dar solución
a los casos donde el inquilino tenga que desocupar la vivienda
2.6. Fomentar experiencias de Nuevas
Comunidades Socialistas entre grupos de inquilinos
3. Defender la Ley Contra el Desalojo y la
Desocupación Arbitraria de Viviendas mediante movilización al TSJ, ya que los
propietarios interpusieron recurso de nulidad de la misma
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